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El Tribunal Supremo advierte: aceptar una herencia a beneficio de inventario no exime de pagar intereses personales
El alto tribunal aclara que los intereses generados por decisiones propias del heredero, como solicitar aplazamientos, no están cubiertos por la protección de la herencia.
El Tribunal Supremo ha dictaminado que la protección del beneficio de inventario solo alcanza a las deudas del fallecido, pero no a los intereses derivados de la gestión posterior del heredero. Esta sentencia subraya que las decisiones autónomas del sucesor, como pedir suspensiones de pago, generan obligaciones personales que deben ser asumidas por este.

