El panorama de las ofertas públicas de adquisición (OPA) en España experimenta un cambio significativo esta semana.
A partir del miércoles 28 de octubre, los accionistas de sociedades afectadas por una OPA deberán ajustar sus protocolos de comunicación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), tras la entrada en vigor del Real Decreto 813/2026, publicado el pasado 8 de octubre.
La modificación principal radica en el umbral de notificación.
Hasta la fecha, cualquier accionista que alcanzara o superara el 1% de los derechos de voto en una sociedad bajo OPA estaba obligado a informar al supervisor.
Con la nueva normativa, este umbral se eleva al 3%, simplificando el cumplimiento para los inversores y alineando la operativa con los estándares de transparencia actuales.
Además de elevar el porcentaje, la norma introduce una simplificación procedimental relevante: se suprime la obligación de identificar y comunicar cada una de las operaciones individuales que conducen al cruce de los umbrales del 3%, 5% o 10%.
Esta medida elimina una carga burocrática que, según el sector, había quedado desfasada frente a las exigencias del Reglamento de Abuso de Mercado.
El Real Decreto también actualiza las obligaciones de notificación de autocartera y las comunicaciones de consejeros y directivos, integrando criterios que ya venían siendo aplicados de facto por la CNMV desde 2020.
Con estos ajustes, el supervisor busca armonizar el reglamento de transparencia de los emisores con la realidad operativa del mercado de capitales.
Esta reforma se enmarca dentro de la estrategia 'CNMV 2030', cuyo objetivo central es la reducción de cargas administrativas para los emisores sin comprometer la integridad del mercado.
Los departamentos de mercantil y mercado de capitales de los grandes despachos ya han comenzado a adaptar sus procesos internos para cumplir con este nuevo marco normativo que entra en vigor de forma inmediata.











